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Por: Besio Moreno, Julián [author].
Tipo de material: materialTypeLabelLibroEditor: Departamento de Ciencias Jurídicas y Sociales, 2019-11-02Disponible en la Biblioteca / Hemeroteca: BAD

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Género/Forma: info:eu-repo/semantics/article | info:eu-repo/semantics/publishedVersionRecursos en línea: Connect to this object online. Resumen: El acto administrativo, en tanto instituto cardinal del derecho público, presenta particularidades históricas en su origen y consolidación que permiten entender su fenomenal gravitación, tanto dentro el derecho administrativo, como así también como herramienta de poder técnico-legal a disposición del Estado.En efecto, y más allá de las distintas posturas articuladas en torno a su conceptualización moderna, desde sus primeras formulaciones teóricas, el acto administrativo ha sido entendido como una piedra fundamental en torno a la cual se estructuró el Estado de derecho no anglosajón. Tal es así, que doctrinarios precursores del estudio del derecho administrativo, como Otto Mayer, han llegado a afimar que "el Rechsstaat [Estado de Derecho] se perfecciona con el acto administrativo".1Por tanto, bajo esta óptica, resulta útil analizar las causas históricas que derivaron en la constitución de esta institución jurídica, para poder entender de qué manera ella se entrelaza y redimensiona no solo con la función propia del derecho administrativo, sino con la concepción misma del Estado. Ello, por cuanto la forma en que se conciba este último tendrá repercusiones directas sobre el primero e incidirá en sus alcances, estructuras básicas y su uso por parte de la Administración. 1 Mayer, O. (1949 [1885]). Derecho Administrativo Alemán. Buenos Aires: Depalma. 
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Biblioteca Central Universidad Nacional de José C. Paz

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El acto administrativo, en tanto instituto cardinal del derecho público, presenta particularidades históricas en su origen y consolidación que permiten entender su fenomenal gravitación, tanto dentro el derecho administrativo, como así también como herramienta de poder técnico-legal a disposición del Estado.En efecto, y más allá de las distintas posturas articuladas en torno a su conceptualización moderna, desde sus primeras formulaciones teóricas, el acto administrativo ha sido entendido como una piedra fundamental en torno a la cual se estructuró el Estado de derecho no anglosajón. Tal es así, que doctrinarios precursores del estudio del derecho administrativo, como Otto Mayer, han llegado a afimar que "el Rechsstaat [Estado de Derecho] se perfecciona con el acto administrativo".1Por tanto, bajo esta óptica, resulta útil analizar las causas históricas que derivaron en la constitución de esta institución jurídica, para poder entender de qué manera ella se entrelaza y redimensiona no solo con la función propia del derecho administrativo, sino con la concepción misma del Estado. Ello, por cuanto la forma en que se conciba este último tendrá repercusiones directas sobre el primero e incidirá en sus alcances, estructuras básicas y su uso por parte de la Administración. 1 Mayer, O. (1949 [1885]). Derecho Administrativo Alemán. Buenos Aires: Depalma. 

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